Herramientas de Accesibilidad
Ser una municipalidad que preste servicios de manera eficiente, transparente y con un estilo de gestión innovador en beneficio de la comunidad.
Desarrollar un trabajo de excelencia con vocación de servicio, cuya finalidad sea satisfacer las necesidades de la comunidad y con ello lograr la participación en el progreso económico, social y cultural.
PROBIDAD
Desarrollaremos una conducta intachable con un desempeño honesto y leal a la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular. Actuaremos con rectitud y honradez, sin cometer abusos y sin mentir, cumpliendo las obligaciones funcionarias.
EXCELENCIA
Desarrollaremos nuestras funciones y tareas de manera óptima, siempre con un sentido de innovación, entregando un servicio de calidad, eficiente y eficaz, que aporte al desarrollo de la comuna.
TRANSPARENCIA
Posibilitar el acceso a toda la información vinculada con nuestra función, que concierne e interese a la opinión pública, a fin de permitir el control ciudadano.
COMPROMISO
Tendremos firmeza inquebrantable para hacer uso de todas nuestras capacidades, con el fin de llevar a cabo los desafíos y objetivos que la municipalidad y la ciudadanía disponga.
El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Antofagasta, es un órgano de participación ciudadana y asesor de la Municipalidad, compuesto por representantes de organizaciones territoriales, funcionales y de interés comunal sin fines de lucro, además de representantes de las asociaciones gremiales y sindicales de la comuna. Su objetivo es asegurar la participación en la prosecución del progreso social, cultural y económico de la comuna y sus habitantes.
A comienzo del 2011 entró en vigencia la Ley 20.500 sobre “Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública”. Ésta implicó modificaciones a la norma que estaba vigente (19.418). Debido a este cambio legal, los Municipios debieron establecer una nueva Ordenanza de Participación Ciudadana, se elaboró un reglamento (“Del Consejo Comunal de organizaciones de la Sociedad Civil”) que debe ser aprobado por el Concejo Municipal de cada Comuna. El reglamento del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC), que reemplaza al CESCO, supone una nueva manera de participación ciudadana, y por lo tanto, debieron realizarse nuevas elecciones. La Constitución se realiza con un total de 20 Organizaciones de la Comuna, las cuales representan los Estamentos que establece la Ley: Organizaciones Territoriales, Organizaciones Funcionales, Organizaciones de Interés Público y Organizaciones Gremiales.
Entre sus funciones, conforme a lo que indica la ley, este consejo deberá recibir los informes del Alcalde acerca de los presupuestos de inversión, del plan comunal de desarrollo y sobre las modificaciones al plan regulador. Asimismo, en Abril de cada año, el consejo deberá pronunciarse respecto de la cuenta pública del edil, sobre la cobertura y eficiencia de los servicios municipales, y sobre toda materia de relevancia comunal que les haya sido presentada por el alcalde o el Concejo Municipal.