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La Dirección de GABINETE DE ALCALDÍA, dependerá directamente del Alcalde y tendrá como objetivo apoyar, en forma directa, el desarrollo de las actividades protocolares de la máxima autoridad Alcaldicia y tendrá las siguientes funciones generales:

a)    Colaborar en la atención de situaciones que requieren el pronunciamiento o decisión directa del Alcalde, referentes a las labores de la Dirección.
b)    Programar, coordinar y supervisar las actividades protocolares del Alcalde.

 

La DIRECCIÓN DE GABINETE DE ALCALDÍA, tendrá las siguientes funciones específicas:

a)    Mantener oportunamente informada a la comunidad sobre las actividades municipales y otras que sean de interés ciudadano.
b)    Mantener informado al Alcalde sobre asuntos relativos a la administración municipal, que se publiquen o transmitan a través de los medios de comunicación social o directamente por los habitantes de la Comuna.
c)    Asesorar al Alcalde en todas las materias relativas a actividades de relaciones públicas, comunicación social y protocolares, programando y apoyando el desarrollo de aquellas.
d)    Mantener un archivo actualizado de aquellas publicaciones relacionadas con la Administración Comunal.
e)    Asesorar y apoyar a todas las Direcciones en lo relacionado con labores de su especialidad, en las circunstancias que el Alcalde o las Direcciones lo precisen.
f)    Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
g)    Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
h)    Coordinar con la Dirección de Asesoría Jurídica, la actualización y mantención y procurar, a través de la página web, los antecedentes indicados en el artículo 7° de la Ley N° 20.285.
i)    Sistematizar cada uno de los indicadores de gestión remitirlos al Administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta.  
j)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Alcalde, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculadas al cargo de Director.