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La Dirección de Obras  tiene como objetivo  velar por el cumplimiento de la Ley  General  de Urbanismo y Construcciones,  del Plan   Regulador  Comunal y de las Ordenanzas correspondientes y de las  disposiciones legales  y reglamentarias  que regulen  las construcciones  y las obras de urbanización  que se ejecuten en el territorio comunal

Tendrá como objetivo procurar el desarrollo urbano de la comuna  y velar por el  cumplimiento de las disposiciones legales que regulan la planificación urbana,  urbanizaciones y edificación,  en el territorio comunal.

Funciones generales y atribuciones:

1. Velar por el cumplimiento  de las disposiciones  de la Ley  General  de Urbanismo  y Construcciones,  del Plan  Regulador  Comunal y  de  las  Ordenanzas correspondientes para cuyo efecto  gozarán de las  siguientes  atribuciones  específicas:

2. Dar aprobación a las  subdivisiones de  predios  urbanos y urbano-rurales.

3. Dar  aprobación  a los proyectos   de obras de  urbanización y de construcción;

4. Otorgar los permisos  de edificación  de  las obras  señaladas en el punto anterior

5. Fiscalizar la ejecución de dichas obras  hasta  el  momento de su recepción

6. Recibirse de las  obras  ya  citadas y  autorizar  su  uso;

7. Fiscalizar las  obras  en  uso,  a  fin  de verificar el  cumplimiento de las disposiciones legales  y técnicas que las rijan;

8. Aplicar  normas ambientales  relacionadas  con obras  de construcción y  urbanización;

9. Confeccionar y  mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización  y  edificación  realizadas en la comuna;

10. Ejecutar las obras de construcción  que sean de responsabilidad  municipal,  sean ejecutadas  directamente  o  a través de terceros, y

En  general,  aplicar las normas  legales  sobre  construcción  y urbanización  en la comuna.

Quien ejerza la jefatura de esta unidad deberá  poseer  indistintamente  el título de  arquitecto,  de ingeniero  civil,  de  constructor civil o de ingeniero constructor civil.

De la  Dirección de Obras  Municipales  dependerán los siguientes  departamentos:

 

• Departamento de Urbanismo
• Departamento de Edificación.
• Departamento de Fiscalización de Ejecución de Obras.
• Oficina  Municipal de Impuesto  Territorial

 

El Departamento de Urbanismo tendrá como objetivo asesorar a la Dirección y ejecutar todas las actividades relacionadas con la calidad urbano-ambiental de la comuna.

Sus funciones específicas  serán  las siguientes:

1. Revisar el cumplimiento de las disposiciones del Plan Regulador en los proyectos de subdivisión,  loteos,  urbanizaciones  y conjuntos armónicos,  y dar su aprobación.

2. Efectuar los estudios y trámites que requieran  las expropiaciones que se ordenen.

3. Diseñar,  implementar y mantener  registros y controles de los proyectos  ingresados al departamento y que han sido  aprobados.

4. Diseñar,  implementar y mantener  actualizado el catastro  de las obras de urbanización y edificación  de la comuna.

5. Aprobar,  en sus  aspectos generales,  los proyectos de obras de urbanización,  que se efectúen en las áreas urbanas y urbanas rurales.

6. Solicitar al Concejo Municipal la asignación de nombres a nuevas vías  y espacios públicos

 

El Departamento de Edificación tendrá como objetivo  fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de construcciones,  dentro  de la comuna.

Sus funciones específicas serán las siguientes:

1. Estudiar y verificar el estricto cumplimiento de las disposiciones legales en los proyectos de obras y construcciones de la comuna.

2. Fiscalizar el cumplimiento de las exigencias legales y reglamentarias en la ejecución de las obras de edificaciones,  ampliaciones,  remodelaciones y/o demoliciones en la comuna.

3. Aprobar los proyectos de construcción en general,  que se realicen en áreas urbanas y/o  urbano rurales,  incluyendo obras nuevas,  ampliaciones,  transformaciones y otras que determinen leyes y reglamentos.

4. Otorgar los permisos  y certificados reglamentarios  para la  ejecución y recepción de obras de edificación  en la Comuna.

5. Recibir las obras de construcción y autorizar su uso.

6. Aplicar  normas legales y técnicas para prevenir  el deterioro ambiental

7. Realizar tareas de inspección de obras en uso,  a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rigen.

8. Revisar y dar aprobación a las obras escogidas  a la ley de Venta por Pisos y Propiedad Horizontal.

9. Diseñar,  implementar y mantener registros y controles de los proyectos  ingresados y que hayan sido aprobados  por la Dirección de Obras.

10. Estudiar las peticiones de las Obras Menores de propaganda en la vía pública e informar al Director de la gestión.

11. Responder consultas de carácter técnico sobre las exigencias legales o reglamentarias para la obtención  del permiso de construcción.

12. Determinar derechos e impuestos varios por la ejecución de obras de edificación.

13. Emitir informes de zonificación de patentes comerciales e industriales,  verificando mediante visitas a terreno.

14. Remitir los proyectos una vez recepcionados  físicamente  al servicio de Impuestos Internos para su tasación para efectos del  cálculo del impuesto territorial.

Del Departamento de Edificación dependerán las Secciones  de Estudio y Aprobación de Planos y la  Sección  Administrativa.

 
El Departamento de Fiscalización de Ejecución de Obras tendrá como objetivo la Inspección Técnica de las obras  ejecutadas por el municipio. De este departamento dependen las secciones de Inspección Técnica de Obras  y Alumbrado Público.

Sus funciones específicas serán las siguientes:

1. Fiscalizar el cumplimiento de los contratos de las obras licitadas por el municipio.

2. Fiscalizar el cumplimiento de los contratos de construcción de viviendas económicas y de infraestructura sanitaria.

3. Dirigir las construcciones,  reparaciones y transformaciones que deba efectuar directamente el municipio.

4. Realizar funciones de inspección y fiscalización técnica en las obras de construcción que se le asignen a la Municipalidad,  como Unidad Técnica.

5. Mantener el Alumbrado  Público y ornamental de propiedad municipal.

 

La Oficina Municipal de Impuesto Territorial dependerá administrativamente de la Dirección de Obras y técnicamente del Departamento de Avaluaciones  del servicio de Impuestos Internos,  tiene por objeto colaborar técnicamente  en la asignación de roles  de propiedades y tasación de las propiedades nuevas y existentes,  para efectuar el cobro del impuesto territorial.

 



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